Profesor Winston Alburquenque aborda norma que aprobó Comisión de Medio Ambiente de la Convención Constitucional sobre una estatización del cobre
La Tercera-Pulso
Uno de los temas que contenía el polémico informe de la Comisión de Medio Ambiente de la Convención Constitucional que hace poco más de una semana terminó en una funa a convencionales socialistas, luego de que el pleno lo rechazara en general, es lo relativo a la minería. Al respecto, cerca de las cinco de la madrugada de este martes los convencionales de dicha comisión terminaron de votar los cambios que enviarán nuevamente al pleno para poder votar la propuesta por segunda vez este sábado.
Desde la industria minera estiman que las modificaciones que introdujeron los convencionales esta vez no mejoraron la propuesta, sino, al contrario. “Lo que se aprobó anoche es peor que lo que se había aprobado antes”, afirma el presidente de la Sociedad Nacional de Minería (Sonami), Diego Hernández. “Las normas aprobadas por la Comisión de Medio Ambiente constituyen reformas radicales para la industria, que no permitirán la certeza y estabilidad que requiere esta actividad, debido a sus altos niveles de inversión y largos períodos de maduración”, dice, por su parte, el presidente ejecutivo del Consejo Minero, Joaquín Villarino.
En todo caso, la convencional Carolina Vilches (Ind.-Apruebo Dignidad), autora, junto a otros convencionales, de prácticamente todas las indicaciones que se aprobaron este martes en el estatuto constitucional de los minerales, señala que estas normas en específico deberán seguir conversándose.
La convencional explica que al votar este informe de reemplazo “retomamos los acuerdos políticos con diversos colectivos para construir acuerdos de 2/3. Logramos avanzar en varios acuerdos, en materia económica, de aguas, de bienes comunes naturales. Pero en este tema de la minería nos quedamos con la necesidad de poder seguir conversando y desarrollando las conversaciones. Se habló mucho de cómo el Estado puede planificar la actividad minera, y también hay varios puntos bastante divergentes en las propuestas que estamos revisando. Por una parte la nacionalización, por otra parte la exclusividad, por otra parte el dominio público. Y con todo ello queda mucho todavía que conversar con los colectivos. Las posiciones son diversas y aún no hay un acuerdo de consenso, que esperamos desarrollar y construir prontamente”.
La polémica
Este martes se introdujo un tema que antes no estaba considerado, relativo al cobre, donde se señala que “el Estado desarrollará de manera exclusiva la actividad minera sobre los hidrocarburos en estado líquido o gaseoso, litio y tierras raras. En el caso del cobre, el Estado explorará y explotará por sí mismo, y podrá hacerlo en asociación con particulares, siempre resguardando la participación mayoritaria del Estado”.
Lo referente al litio e hidrocarburos ya lo contenía la propuesta del informe que había rechazado el pleno, aunque planteado con algunas diferencias de redacción; pero lo del metal rojo es nuevo. Esto encendió las alertas en distintos sectores, porque es interpretado por algunos como que solo el Estado podrá explotar el cobre, y que, si bien podrá asociarse para ello con privados, estos tendrán una participación minoritaria. Sin embargo, otros expertos creen que, en realidad, se refiere a que no se podrá privatizar Codelco.
Entre los primeros está el convencional Bernardo Fontaine, de Vamos por Chile, quien publicó en su cuenta de Twitter que “la comisión aprueba que solo el Estado explotará a minería a menos que se asocie con privados manteniendo al menos el control de la propiedad. En ningún país el Estado tiene recursos para desarrollar solo la minería. Esto es menos minería, es bajar ‘el sueldo de Chile'”.
Entre los segundos se encuentra el profesor de derecho de Recursos Naturales de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica, Winston Alburquenque: “El estatuto de los minerales propuesto desarrolla un gran énfasis en las nuevas facultades que podría tener el Estado en la minería (…) En cuanto al cobre, no veo una nacionalización de este mineral, sino que la imposibilidad de que se privatice Codelco. En cuanto al litio e hidrocarburos sí hay cambios, porque se excluye la participación de privados, que antes podían explotar a través de Contratos Especiales de Operación. En las tierras raras se establece un estatuto nuevo, porque antes eran libremente concesibles por los privados“.
Pero a juicio de Villarino “comprende una estatización del cobre, dejando a los privados con una participación minoritaria, lo cual sin duda trae consigo una disminución considerable de la minería para Chile, y como consecuencia, menos exportaciones, menos empleo, impacto en el crecimiento económico, en el desarrollo de las empresas proveedoras, y con consecuencias relevantes en las regiones mineras que se sustentan en base a este sector”.
En tanto, Hernández cree que “la redacción no es clara, y tampoco se sabe si es de aquí hacia adelante, o es lo que ya existe. Pero si uno hace una interpretación más radical, en el fondo todas las operaciones de cobre tendrían que tener al Estado como socio, con una participación de a lo menos 50%. La interpretación de que esto protegería a Codelco no me convence, porque Codelco hoy está protegido con lo equivalente a una Ley Orgánica Constitucional que le impide asociarse en sus yacimientos fundadores. Entonces, yo creo que es confusa la redacción, pero me da la impresión que se refiere a todo el cobre”.
El convencional de Vamos por Chile, Rodrigo Álvarez, comenta que esta norma “es sumamente grave. Ello, porque se exige, en primer término, que el Estado tenga la participación mayoritaria, es decir, que sea el controlador. la norma, por su mala construcción, no aporta certeza jurídica en uno de los pilares de nuestra economía”. Y agrega que, “nuevamente, la Convención desconoce que gran parte de la producción del cobre proviene del sector privado. Estas normas, sumadas al fin de las concesiones mineras entregadas por el Poder Judicial (que se convierten en simples autorizaciones administrativas), pondrán en jaque el desarrollo de la industria. Son normas tremendamente graves”.
Desde la Asociación de Proveedores Industriales de la Minería (Aprimin) también criticaron la norma. “A través de esta redacción, se insiste en una Constitución que promueve, en forma indirecta pero clara, la nacionalización de la minería, como si no les importara que el mundo es hoy global, perjudicando nuevas inversiones y con negativos efectos para todas nuestras exportaciones de muchos productos, porque van a muchos países que tienen inversiones mineras en Chile; esto, porque en el comercio internacional existe la reciprocidad”, señala Sergio Hernández, director ejecutivo de Aprimin.
Diego Hernández comenta que “hay varias cosas que liquidarían a la minería”. Aparte de lo anteriormente mencionado sobre el cobre, un segundo tema es “las autorizaciones administrativas, que son temporales, no dice cuáles son los motivos de caducidad, etcétera, y eso reemplazaría los derechos mineros, lo que es un tema fundamental para poder financiar proyectos e invertir en minería. Tercero, el tema de las regalías, que es algo nuevo y que lo fijan al menos en 20% ad valorem, lo que haría inviable económicamente la mayoría de las operaciones existentes”.
Esto último se refiere a que se aprobó un artículo que dice que “la ley regulará las regalías u otro tipo de compensaciones patrimoniales que deberá percibir el Estado y las entidades territoriales correspondientes por la explotación de las sustancias del artículo primero. Estas deberán reflejar el valor que tiene para Chile la pérdida del bien natural ocasionada por la actividad productiva, la que no podrá ser menor a una quinta parte del valor de venta de las sustancias o su equivalente, determinada proporcionalmente a su refinación, la incorporación de valor agregado y en consideración de las distintas escalas de explotación. Dichas regalías u otro tipo de compensaciones no constituyen un gasto deducible”.
Las cuatro asociaciones de industriales de la Macrozona Norte (AII-Tarapacá, AIA-Antofagasta, Corproa-Atacama y Cidere-Coquimbo) se sumaron a las críticas de lo aprobado, y mediante un comunicado manifestaron: “Este informe de reemplazo se basa en seguir atacando con persistencia y obstinación al corazón de la actividad minera y sus encadenamientos productivos en las regiones del norte de Chile. Pareciera que no se ha tomado nota de los rechazos anteriores que han tenido en el pleno, pareciera que no escuchan”.
Autorizaciones de uso
Además, el tema de las autorizaciones de uso que reemplazarán a las concesiones mineras sigue preocupando en la industria. Ahí se aprobó que “todas las actividades mineras requerirán autorización administrativa otorgada por la autoridad competente. Estas determinarán las condiciones de exploración y extracción, cuotas y demás requisitos referidos al interés general que fundamentan su otorgamiento, y las obligaciones emanadas por esta Constitución y las leyes”.
Agrega que “será competencia de un órgano administrativo la evaluación, otorgamiento y seguimiento de tales autorizaciones. También, podrá caducar o extinguir las autorizaciones en caso de no cumplirse los requisitos fijados para mantenerlas. Estas autorizaciones se otorgarán de forma temporal, mediante un procedimiento transparente y público, en los términos y condiciones que establezca la ley. Asimismo, no otorgarán propiedad a su titular”.
Adicionalmente plantea que “en aquellas cuestiones sobre otorgamiento, ejercicio, caducidad o extinción de las autorizaciones, habrá siempre lugar a reclamo ante los tribunales ordinarios de justicia”.
Sobre ello, Alburquenque afirma: “Que sean administrativas no es un problema en sí mismo, ya que en la mayoría de los países tiene ese régimen, pero debe asegurarse a su titular algún derecho sobre ellas y que deben ser respetados por el Estado. No es necesario que se diga que hay una propiedad entendida como en el Derecho Civil, pero sí derechos reales administrativos que son propias del Derecho Público. Ese eslabón es el que falta: la protección jurídica de la autorización administrativa“.
El abogado añade: “La pregunta que viene es si este nuevo régimen afecta a las concesiones ya otorgadas, materia que se verá en la redacción de las normas transitorias. Es tan radical el cambio que este nuevo régimen solo debería aplicarse a las nuevas autorizaciones que se soliciten una vez aprobada la nueva Constitución“.