Profesores Marisol Peña y Arturo Fermandois analizan la definición de la Convención sobre negacionismo que atenta contra la libertad de expresión
El Mercurio
El pleno de la Convención Constitucional aprobó el jueves su Reglamento de Ética y, con ello, la instancia resolvió los principios y definiciones que la regirán, como también cuáles serán las infracciones y medidas disciplinarias.
Así, se aprobó sancionar el negacionismo, lo que, según quedó establecido, se entenderá como ‘toda acción u omisión que justifique, niegue o minimice, haga apología o glorifique los delitos de lesa humanidad ocurridos en Chile entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, y las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el contexto del estallido social de octubre de 2019 y con posterioridad a este’.
El mismo artículo añade que también se entenderá como negacionismo ‘toda acción u omisión que justifique, niegue o minimice las atrocidades y genocidio cultural de las que han sido víctimas los pueblos originarios y el pueblo tribal afrodescendiente a través de la historia, durante la colonización europea y a partir de la constitución del Estado de Chile’.
La votación abrió un tenso debate, en que algunos sectores criticaron que las disposiciones atropellan la libertad de opinión. Lo mismo que ayer fue advertido por constitucionalistas.
Según la expresidenta del Tribunal Constitucional, Marisol Peña, se trata de una censura previa que atenta contra la libertad de expresión, ya que ‘inhibe la expresión de opiniones y, en el caso de las omisiones, ¿qué es una omisión respecto de una conducta que se estime negatoria de violaciones a los derechos humanos? Es una norma amplia, absolutamente abierta en su interpretación’.
En esa línea, sostuvo que incluso podría ser un problema el abstenerse de una votación. ‘Se deja entregado al criterio de una comisión la determinación, por ejemplo, de si un convencional se abstuvo en una votación relacionada con temas de verdad histórica, que esa abstención pudiera involucrar una negación de violación de derechos humanos. Si eso va a ser así, cualquier convencional tendría que tener una actitud temeraria para poder expresar una opinión o para abstenerse’.
A juicio del abogado y académico de la UC, Arturo Fermandois, castigar la palabra o la expresión de ideas mediante sanciones como lo hace el reglamento con el llamado negacionismo tiene dos problemas constitucionales. ‘El primero es que colisiona con los estándares universales de libre expresión y se transforma en una censura indirecta. Aun operando a posteriori, la amenaza de sanción a una determinada forma de emitir opinión no resiste el más básico test constitucional comparado. El segundo problema es del principio democrático. Reducir por anticipado el debate de ideas o expresión de juicios de la historia conduce a un sacrificio de la democracia’, explicó.
Asimismo, afirma que aplicar sanciones en caso de omisión o por minimizar ‘es algo intrínsecamente relativo, sin parámetros objetivos’ y criticó que se coloquen en el ilícito hechos recientes, como la violencia de 2019, ‘sobre los cuales existen hechos inciertos, sentencias pendientes, investigaciones criminales en curso y debate político en movimiento’.
Por su parte, el profesor de Derecho de la UDP y de la Universidad de Utrecht, Javier Couso, si bien coincide en que la definición de negacionismo está mal elaborada y se abre a múltiples interpretaciones, valoró que al menos se haya rechazado que la sanción sea la suspensión del derecho a voz. ‘En una entidad cuyo sello es la deliberación e intercambio de ideas, la posibilidad de autocensura es muy negativa’, dijo.
También sostuvo que en los países donde están sancionados discursos negacionistas está bien acotado qué se considera negacionista, dejan dicho que tiene que ser por acción y no por omisión, especifican qué significa minimizar, ‘y todas esas cosas aquí están muy gruesamente definidas, y cuando algo está gruesamente definido se presta para niveles de arbitrariedad en la aplicación de esta norma’.
Sobre combatir los discursos negacionistas, añadió que debe ser a través de la ‘movilización de la vergüenza’, mostrando que una persona busca perpetuar algo negativo. ‘Utilizar herramientas de sanciones reglamentarias generará confusión y victimización en estas personas, que dirán que las buscan acallar’, afirmó.
En tanto, el director de la División de las Américas de The Human Rights Watch, José Miguel Vivanco, dijo en Twitter que ‘la definición de negacionismo que aprobó la Convención es vaga y ambigua y, por ello, inconsistente con estándares internacionales sobre libertad de expresión. La Convención debería ser el espacio para un debate amplio, sin autocensura’.