Profesores Patricio Zapata y Arturo Fermandois critican que Convención Constitucional sea juez y parte en proyecto para resolver reemplazo
La Tercera
“Le hemos dado urgencia al proyecto, porque hoy solo están participando 154 constituyentes y no los 155, y estamos permitiendo que sea la propia Convención la que acoja la renuncia respetando su grado de autonomía”, indicaba el presidente de la comisión de gobierno, senador Carlos Bianchi, al destacar la reforma constitucional que regula la vacancia y reemplazo en este organismo tras el vacío que abrió el caso de Rodrigo Rojas Vade.
Se trata de una fórmula presentada en base a dos mociones. Una presentada por la presidenta del Senado, Ximena Rincón, y que firmaron el propio Bianchi (independiente), Carlos Montes (PS), David Sandoval (UDI) y Francisco Huenchumilla (DC). Y otra ingresada por los socialistas Álvaro Elizalde, José Miguel Insulza y Juan Pablo Letelier.
Sin embargo, la fórmula ideada por los senadores no convence a los expertos constitucionalistas, que ven como inadecuado que sea el pleno de la propia Convención Constitucional (CC) el que determine aceptar o no la renuncia de uno de los suyos. Advierten que este punto debe ser perfeccionado en la discusión en particular, porque la Convención no debiera ser juez y parte en este proceso.
Este miércoles, la Comisión de Gobierno del Senado aprobó en general el proyecto con las mociones fusionadas que buscan legislar sobre el vacío normativo que evidenció el caso del convencional Rodrigo Rojas Vade, quien luego de admitir que no padecía de cáncer tras una investigación de LT Domingo renunció a su cargo. Frente a ese hecho quedó en evidencia que no hay procedimiento para aceptar una renuncia ni para reemplazar a los representantes que van en lista de independientes.
El articulado en cuestión propone que los integrantes de la CC podrán renunciar a su cargo cuando “cometan hechos graves que hagan insostenible su permanencia”, que el pleno debe aceptar por mayoría absoluta, y su reemplazo en el caso de listas independientes debe proveerse con la persona más votada de la misma lista que integró, del mismo sexo, para mantener la paridad. La iniciativa de ley se votará la próxima semana en la sala del Senado y requiere tres quintos para seguir el debate en particular.
Esta fórmula es similar a la aprobada por la CC en su reglamento, con la sola diferencia que contempla como causa de renuncia la “enfermedad grave”.
“Apoyo el proyecto y creo que hay que aprobarlo rápido para que alguien de la CC no crea que debe resolverse de motu proprio, no obstante creo que debe generarse un mecanismo serio y que las renuncias sean calificadas por un órgano externo y no por la propia Convención“, señala el constitucionalista Patricio Zapata y profesor de la Pontificia Universidad Católica (PUC).
Su propuesta es que sea el Tribunal Calificador de Elecciones, Tricel, el que verifique si las causas esgrimidas para la renuncia son serias y plausibles. “El Tricel daría la tranquilidad de que la renuncia responde a causas de fuerza mayor, como cuestiones de salud y no a presiones, extorsiones, funas o amenazas“, recalca Zapata.
Una opinión similar esbozó el constitucionalista Arturo Fermandois, también de la PUC: “La causal debe ser calificada por un órgano jurisdiccional independiente, y no por el mismo órgano, porque se requiere de la apreciación y prudencia de un externo. Estoy convencido de ello“. Su propuesta es que sea el Tribunal Constitucional a quien la normativa ya le entrega la calificación para los casos de renuncia de parlamentarios.
Por otro lado, el constitucionalista Francisco Zúñiga cree que la reforma es “superflua”, porque la Convención ya ha provisto el tema en su reglamento aprobado, “no es necesario abordarlo por vía de reforma, porque las leyes le confieren a la asamblea una potestad de autonormación que le permiten regular sus procedimientos y reglamento”.
Causal de hecho grave también genera dudas
Pero ese no es el único punto que los abogados consideran que debe ser perfeccionado, sino que también la causa de renuncia, que creen debiese ser más acotada, porque consideran que “hecho grave” es demasiado ambiguo.
“Habría que darle una vuelta a lo que se considera hecho grave, porque es muy amplio, el Congreso debiese acotarlo. Hay que cuestionarse hasta dónde interpretarse, porque qué sucedería si un convencional choca en estado de ebriedad, ¿también debiese renunciar?”, se pregunta la constitucionalista Leslie Sánchez.
Mientras que Lucas Sierra, del Centro de Estudios Públicos, quien considera que el tema en general debe afrontarse con una reforma en el Congreso, también pone el acento en ese punto. “El texto dice que podrán renunciar solo en el caso de que cometan hechos graves. Y ¿qué pasa si un convencional se enferma gravemente? No podría renunciar, porque contraer una enfermedad no es un hecho grave. Debería corregirse. Esta reforma está obviamente pensada con el caso de Rojas en la cabeza. Parece una ironía que excluya, precisamente, la posibilidad de una enfermedad verdadera como causal de renuncia”, recalca.